domingo, 11 de octubre de 2026
Locales

Nueva reglamentación para el Fondo de Cese Laboral

El Gobierno nacional presentó este lunes el Decreto 408/2026, que reglamenta el Fondo de Cese Laboral (FAL), una herramienta creada por la Ley de Modernización Laboral N.º 27.802. Esta medida busca reducir los riesgos…

El Gobierno nacional presentó este lunes el Decreto 408/2026, que reglamenta el Fondo de Cese Laboral (FAL), una herramienta creada por la Ley de Modernización Laboral N.º 27.802. Esta medida busca reducir los riesgos de incumplimiento en el pago de indemnizaciones, especialmente en casos de insolvencia o quiebra empresarial.

El FAL establece que las empresas deberán realizar aportes mensuales a un fondo destinado exclusivamente a afrontar futuras indemnizaciones laborales. Esos recursos serán administrados por fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).

Cómo funciona el Fondo de Cese Laboral

El FAL alcanza a trabajadores registrados con una antigüedad mínima de 12 meses al momento de finalizar la relación laboral. La norma contempla a todo el sector privado, incluidas pequeñas y medianas empresas y entidades sin fines de lucro.

Los empleadores deberán transferir aportes periódicos a una cuenta individual asociada a la empresa. Los pagos se realizarán a través de ARCA junto con las contribuciones habituales de la seguridad social y luego serán derivados automáticamente al vehículo financiero seleccionado.

Qué sucede ante un despido

Cuando se produzca una desvinculación laboral o un acuerdo de finalización de contrato, el empleador deberá presentar una declaración jurada electrónica con los datos del trabajador y la liquidación correspondiente.

Luego de la validación de información por parte de organismos oficiales, la entidad financiera tendrá un plazo máximo de cinco días hábiles para transferir el dinero directamente a la cuenta bancaria del trabajador.

No obstante, especialistas advierten que el alcance real de la medida dependerá de la adhesión de las empresas, el rendimiento de las inversiones y la capacidad de fiscalización sobre el cumplimiento de los aportes.

De acuerdo con la reglamentación, las entidades administradoras no podrán cobrar comisiones superiores al 1% anual sobre los activos gestionados. Además, las cuentas vinculadas al FAL estarán exentas del impuesto a los créditos y débitos bancarios, mientras que las empresas podrán deducir los aportes realizados del Impuesto a las Ganancias.

Desde el Gobierno sostienen que el nuevo mecanismo busca garantizar una mayor certeza en el cobro de la indemnización y acelerar los tiempos de pago para los trabajadores. En el caso de las empresas, el esquema transforma un eventual costo elevado e imprevisible en un gasto mensual planificado.

Impacto para trabajadores y empresas

El nuevo sistema apunta a reducir los riesgos de incumplimiento en el pago de indemnizaciones, especialmente en casos de insolvencia o quiebra empresarial. Para los trabajadores, el sistema busca garantizar una mayor certeza en el cobro de la indemnización y acelerar los tiempos de pago.

En el caso de las empresas, el esquema transforma un eventual costo elevado e imprevisible en un gasto mensual planificado. Además, el decreto prevé una reducción equivalente en las contribuciones patronales para compensar los aportes destinados al fondo.

Fuente original: nden.com.ar
Actores Javier Milei Comisión Nacional de Valores